Capítulo 15
Los derechos parecen entenderse cada vez mas como una cuestión de posibilidades y capacidades individuales y no como una cuestión social.
Los servicios, aquellos de interés común, son considerados como servicios comercializables. La salud, educación y cultura constituyen algunos de los servicios de este tipo. En la educación se trata de configurar un mercado donde no lo había o de instalar una racionalidad propia del mismo en cuestiones históricamente pensadas en términos del bien social.
Las formas comunes en las que los humanos experimentamos y compartimos nuestras culturas son y necesitan ser libres. Sin embargo, la expansión de la propiedad intelectual y de las patentes en sus diversas formas limita esa libertad, generando cada vez más una regulación mercantil de esas maneras de experimentar y compartir los conocimientos. Esta expansión de la propiedad intelectual tiene como correlación el “hábito del permiso”.
Este “hábito del permiso” sólo es posible si se pone el derecho de propiedad por sobre el derecho al conocimiento y a la cultura de todas las personas.
El derecho a la educación se ha sustituido por el acceso a la educación.
Privatizar significa delegar responsabilidades públicas en entidades privadas. En el campo educativo, el proceso de privatización puede ser abordado a partir de considerar dos dimensiones: quién financia y quién presta o suministra la actividad educativa. Así, este proceso estaría dado por el pasaje de una educación pública estatal tanto en el financiamiento como en la prestación, a tres formas de delegación:
1) prestación pública con financiamiento privado,
2) prestación privada con financiamiento público y
3) prestación privada con financiamiento privado.
Paralelamente a la privatización, se ha desarrollado un proceso de mercantilización de la educación. Ambas se precisan y "alimentan" mutuamente, pero la primera hace referencia a la propiedad o a la responsabilidad, mientras que la segunda refiere más bien a las relaciones entre los diferentes agentes y a la dinámica que se establece. Se trata de procesos complementarios en los que ciertos elementos de la mercantilización contribuyen a la privatización en sentido ideológico.
En general podemos decir que suelen recuperarse tres elementos propios del mercado para introducirlos en el ámbito educativo:
libre elección, autonomía y competencia. El primero refiere a que las familias o “consumidores del servicio” puedan elegir libremente
qué propuesta educativa quieren para sus hijos. Para que las familias puedan elegir entre una diversidad de propuestas, es necesario que las escuelas tengan autonomía para desarrollar sus propios proyectos. Esta autonomía hace referencia tanto a los aspectos pedagógicos como a los administrativos. Por último, la competencia, que adquiere un lugar central como en todo discurso económico que refiere al mercado, es lo que permitirá que las escuelas desarrollen mejores propuestas educativas para poder atraer “consumidores”. Lo que lleva a un aumento de la calidad de la educación.
La Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas expresa claramente esta concepción: “un sistema en el que las escuelas no compiten sobre la base de la calidad, en el que las instituciones deficientes no se achican o desaparecen y las buenas escuelas no se expanden, está condenado al fracaso” (FIEL, 2000).
Cuando se dota de mayor autonomía a las escuelas, sin que esto implique una descentralización del poder, se trata de un traslado de la responsabilidad.
El Estado traspasa la responsabilidad por la educación a los agentes, ya que, operan con autonomía, son los responsables de sus éxitos y de sus fracasos. Aunque las escuelas se benefician de manera diferente de la autonomía, según la capacidad de movilizar recursos que tengan, lo que lleva a la desigualdad.
Lo público es redefinido. Por un lado, el interés público ya no sería aquello que es interés de todos, sino lo que no es de interés privado.
Por otro lado, lo público es redefinido como aquello que está disponible para que quien quiera y pueda lo consuma, en función de sus posibilidades de compra ya sea de servicios educativos, producciones culturales, uso de conocimientos o de tecnologías, etc.
Se entiende como lo público a lo que está abierto a todos y como lo público estatal, a aquello provisto por agentes estatales en la medida en que no representa un interés para los sectores privados.
En un marco de expansión de los procesos de privatización y mercantilización, el derecho a tener derechos, es decir, la condición de ciudadanía se vuelve una propiedad: se tiene el derecho al ejercicio de los derechos en función de los posicionamientos sociales y económicos.
En función de las propiedades materiales y simbólicas con las que se cuente.
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